A partir de marzo eliminan la restricción diurna por placas los fines de semana

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Pérez Zeledón. Luego de la reducción en contagios, hospitalizaciones y mortalidad y con el fin de continuar con las acciones para la recuperación económica planteada por el Gobierno de la República, se elimina la restricción vehicular sanitaria por placas para los fines de semana para el mes de marzo, permitiendo con esto que placas pares e impares puedan circular sábado y domingo.

De igual manera, se amplía el horario de circulación de lunes a domingo hasta las 11:00 pm.

Estos cambios iniciarán el próximo lunes 1 de marzo.

Para el mes de marzo la restricción vehicular sanitaria en todo el país será de lunes a domingo de 11:00 pm a 5:00 am y la restricción vehicular sanitaria por placas entre semana regirá solo en el anillo que comprende:

  • El área conformada por el Bulevar de Circunvalación (Ruta Nacional N° 39); la Radial La Uruca (Ruta Nacional Nº 108) y la Carretera La Uruca-Calle Blancos (Ruta Nacional Nº 100), incluyendo las rutas nacionales antes mencionadas y las rutas provenientes de estos sectores hacia el centro de San José y viceversa e, inclusive, la totalidad del área comprendida dentro de la delimitación territorial que se origina como resultado de la demarcación que establecen las rutas nacionales números 39, 100 y 108 antes descritas, ligadas entre sí.

Salvo la lista de excepciones, no circulan en el anillo de circunvalación:

Placas

Lunes        1 y 2

Martes       3 y 4

Miércoles  5 y 6

Jueves      7 y 8

Viernes      9 y 0

Regulación de establecimientos

Se unifica el horario de inicio de las restricciones sanitarias entre semana y los fines de semana a partir de las 11:00 pm, por lo tanto:

  • Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, sujetos a horario, podrán abrir hasta las 11:00 p.m., según el horario de restricción vehicular.
  • Por otro lado, durante marzo se mantiene el horario de las playas, las cuales podrán abrir de lunes a domingo de 5:00 a.m. a 6:00 p.m.

Además, se amplía por un mes adicional la restricción de ingreso por fronteras terrestres. Dado esto, solo nacionales o extranjeros que cuenten con una permanencia legal autorizada bajo las categorías migratorias de residencia permanente, temporal, especiales o no residentes subcategoría estancia, pueden ingresar al país vía terrestre.

Asimismo, durante la conferencia de prensa Solís motivó a las autoridades municipales, empresa privada, comunidades organizadas y cada uno de nosotros a no bajar la guardia y seguir trabajando bajo el modelo de gestión compartida.

El detalle de las alertas, medidas y restricciones implementadas en cada cantón del país se pueden verificar en el sitio web http://presidencia.go.cr/alertas