Osa. En un foro llevado a cabo en la comunidad de Sierpe en el cantón de Osa, con la participación de unas doscientas personas, se estableció como primer punto la eliminación de “ría” de la sección de conceptos del Reglamento No. 7841-P del 16 de diciembre de 1977.
Una ría es la sección en la que el mar ingresa hacia un río, al juntarse ambos. Según criterios técnicos del Centro de Investigación en Ciencias del Mar y Limnología (CIMAR) de la Universidad de Costa Rica, en el país no es aplicable este fenómeno.
Al eliminar este concepto, se dejan sin efecto las coordenadas que delimitan a la comunidad como zona pública y se elaboraría un nuevo trazado de los límites.
Al ejecutar estas correcciones en la legislación, se podría iniciar con la elaboración del Plan Regulador para la zona y con la titulación de tierra para las familias que habitan la zona.
Según indicó la viceministra de la Presidencia en Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano, Ana Gabriel Zúñiga, es parte de lo logrado por medio del diálogo con distintas instituciones y la comunidad.
Zúñiga, indicó que están atendiendo las demandas de las comunidades.
Ahora, comienza un trabajo importante con la municipalidad, en el caso de un nuevo Plan Regulador.
El pueblo de Sierpe se ubica dentro de la regulación de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT); la franja de 200 metros a partir de la línea de pleamar ordinaria y los terrenos y rocas que deja el mar en descubierto en la marea baja. La franja de 200 metros se divide en dos: la zona pública (los primeros 50 metros) y la zona restringida (los siguientes 150 metros).
La zona pública no es objeto de ocupación bajo ningún título y no se puede ejercer derecho sobre ella (por lo tanto, no es concesionable); adicionalmente, está dedicada al uso público por definición y al libre tránsito de las personas. La zona restringida, al contrario, es objeto de concesión en favor de terceros.