Pérez Zeledón. El Tribunal Penal de Hacienda del II Circuito Judicial de San José, sede Goicoechea, condenó a tres funcionarios públicos de Educación Vial del MOPT de la zona de Pérez Zeledón, quienes fueron declarados culpables por ejecutar cobros por las pruebas prácticas de licencia.
La sentencia se dictó el pasado viernes 13 de agosto de 2021.
A los imputados de apellidos Calderón, Arrieta y Vargas, se les declaró culpables por el delito de cohecho propio en perjuicio de los deberes de la función pública.
Además a los tres, se les impuso la sanción de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos y empleos públicos por el término de 10 años.
Contra el imputado de apellido Vargas, se le condenó por tres delitos de cohecho propio y se le estableció una pena de 2 años de prisión por cada uno de los delitos, para un total de 6 años de prisión, la cual deberá descontar bajo arresto domiciliar con monitoreo electrónico.
En el caso de los funcionarios de apellido Calderón y Arrieta se les declaró autores responsables de un delito de cohecho propio y se les impuso la pena de dos años de prisión y por cumplir con los requisitos legales se le otorgó el beneficio de ejecución condicional de la pena por el término de tres años, la cual será revocada si la persona comete otro delito doloso sancionado con prisión mayor a seis meses, durante este proceso de prueba.
En la causa figuraba otra imputada de apellido Barboza a quien se le declaró autora responsable de un delito de penalidad de corruptor, en la modalidad de cohecho propio y se le impuso una sanción de dos años de prisión, que descontará bajo el beneficio de ejecución condicional de la pena por el término de tres años.
Los hechos que fueron concluyentes para la sentencia condenatoria N° 447-2021, tuvieron lugar entre los meses de diciembre de 2010 a mayo del 2011.
El Tribunal Penal de Hacienda del II Circuito Judicial de San José acreditó que, los servidores valiéndose de su cargo de evaluadores de las pruebas prácticas de manejo del COSEVI y abusando de sus funciones, indujeron de forma indebida a personas usuarias, a darles un beneficio patrimonial antijurídico o dádivas, con el fin de que pudieran aprobar la prueba de manejo.