Luego que un habitante presentara una denuncia ante la Defensoría de los Habitantes, donde indicó que la Municipalidad de Coto Brus incurrió en una omisión al no realizar la consulta a la comunidad indígena Ngöbe Buglé de La Casona del distrito de Limoncito, en el marco del proceso de construcción del Plan de Desarrollo Humano Cantonal, la Defensoría instó a las autoridades locales garantizar los derechos fundamentales de las comunidades indígenas, en cumplimiento de los compromisos internacionales y la normativa nacional vigente.
De acuerdo con información brindada por la Unidad de Planificación de dicha municipalidad, claramente no se efectuó la consulta al pueblo indígena tal y como está establecido en el Mecanismo General de Consulta para Pueblos Indígenas, lo cual se visualiza como un vicio de nulidad en el proceso efectuado y su resultado obtenido, ya que la consulta debe ser previa, libre e informada y coordinada a través de la Unidad Técnica de Consulta Indígena (UTCI) del Ministerio de Justicia y Paz.
Pese a que la municipalidad también argumentó que una reunión realizada el 29 de junio de 2024 con la Asociación de Desarrollo de la comunidad indígena sustituía el proceso formal de consulta, este encuentro no cumplió con los requisitos de consulta previa, libre e informada, ni con los procedimientos establecidos en el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que son de acatamiento obligatorio para el Estado Costarricense, pese a la ausencia de una norma interna que las desarrolle.
Es importante destacar que, la consulta a los pueblos indígenas es un derecho esencial que asegura su participación en decisiones que los afecten directamente y debe ser garantizado mediante procedimientos apropiados, de buena fe, y en coordinación con las instituciones representativas de los pueblos indígenas.
Es por eso que, la Defensoría le recomendó a la Municipalidad de Coto Brus declarar la nulidad del Plan de Desarrollo Humano Cantonal, subsanar la situación irregular existente, detallando las acciones y responsables para garantizar el cumplimiento de los derechos indígenas y establecer un cronograma y responsables para la consulta al pueblo indígena Ngöbe Buglé, en coordinación con la UTCI del Ministerio de Justicia y Paz, cumpliendo los requisitos de consulta previa, libre e informada.