Pérez Zeledón. El juicio contra un hombre de apellidos Víquez, a quien la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental acusó por usurpar y contaminar el cauce del río Buena Vista, en la localidad de La Piedra, en Rivas de Pérez Zeledón, continúa y se acerca a la etapa de conclusiones.
El debate inició el pasado 20 de agosto, en el Tribunal Penal de la localidad, luego de la investigación que realizó la Fiscalía bajo el expediente 16-000019-0611-PE, por los hechos que tienen su origen en diciembre del 2013, cuando el acusado inició un trámite para obtener una concesión de aprovechamiento de agua.
En esa ocasión, Víquez planteó la petición ante la Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) para captar 350 litros por segundo del río Buena Vista y dirigirlos a una finca suya.
Según la investigación, al 26 de abril del 2016 el imputado había construido 11 estanques para acuicultura en la propiedad mencionada, captó agua del río y la canalizó hasta las piletas, pese a no contar con los permisos respectivos; en el lugar produjo y comercializó trucha, por medio de la sociedad anónima Truchas Reales de Costa Rica.
Esto ocurrió a pesar de que, un año antes, en marzo del 2015, un funcionario de la Dirección de Aguas realizó una inspección en la finca, tras la que previno a Víquez de que, pese a su solicitud de concesión de agua, de tomar y usar cualquier cantidad del líquido sin autorización cometería el delito de usurpación de aguas.
Como parte de las irregularidades detectadas, se cree que, entre el 26 de abril de 2016 y el 30 de mayo de 2017, el imputado desvió y tomó a su favor desde 328 hasta 1.344 litros de agua por segundo, los cuales utilizó en los estanques de acuicultura.
Incluso, el 04 de mayo del 2016, Víquez habría captado la totalidad del líquido que discurría por el río Buena Vista, sin dejar agua remanente para terceras personas o para la vida silvestre de la zona.
Además, la Fiscalía Ambiental lo acusó de haber construido un canal de desagüe de los tanques, mediante el que arrojó al cauce del río aguas residuales que contenían excretas y restos de alimento para truchas, sin someterlas a un proceso de tratamiento previo y sin contar con el permiso de vertido.
Penas. Por dichas conductas, la representación fiscal formuló la acusación por los delitos de usurpación de bienes de dominio público, el cual se castiga con pena de seis meses a cuatro años de prisión; usurpación de aguas, penalizado con un mes a dos años de cárcel y de 10 a 100 días multa; y por arrojar sustancias contaminantes a cuerpos de agua, cuya pena va de uno a tres años de prisión.
El debate se reanudará el 05 de setiembre próximo, fecha a partir de la cual se espera que la Fiscalía Ambiental inicie la exposición de sus conclusiones y posteriormente haga la solicitud de penas.