Carmen Picado N.
Buenos Aires. De acuerdo con información suministrada por el dirigente, Uriel Rojas a pesar de que existía una legislación que prohibía el expendio de licores en estas jurisdicciones, la misma no se aplicaba desde el año de promulgación.
La medida fue tomada por las autoridades, según lo estipulado en la Ley Indígena No. 6172 en su artículo 6 donde dice que: “ninguna persona o institución podrá establecer, de hecho o derecho cantinas ni venta de bebidas alcohólicas dentro de las reservas indígenas.
La presente ley anula la actual posesión y concesión de patentes de licores nacionales y extranjeros dentro de las reservas. Queda prohibido a los municipios el otorgamiento y traspaso de patentes de licores dentro de las mismas”.
Esta ley fue creada el 16 de noviembre de 1977, pero se publicó y empezó a regir a partir del 20 de diciembre de 1977, durante la administración de Daniel Oduber Quirós.
Según indicó Rojas, esta medida es definitiva hasta tanto no haya una modificación o derogación del artículo 6 de dicha ley.