Carmen Picado N.
Pérez Zeledón. Pero, por esos trabajos, la institución cobrará al dueño del inmueble, el costo efectivo del servicio, así lo indica la reforma al artículo 75 del Código Municipal.
El regidor, Manuel Alfaro, explicó que es importante que la población sepa que tiene que reembolsarle los recursos al ayuntamiento en un plazo de ocho días hábiles.
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