Impugnación de multas se puede realizar presencial, por correo electrónico o por fax

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Pérez Zeledón. Las personas pueden apelar un parte en la sede del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) más cercana al sitio donde recibieron la multa, para mayor facilidad del trámite, o bien, donde le resulte más cercano a la casa o al trabajo, si es que realizarán el trámite de manera personal.

Si una persona recibe una multa que estima improcedente, tiene 10 días hábiles para apelar.

Existen 12 Unidades de Impugnaciones en el país, dos de ellas en la Zona Sur del país.

En el caso de Pérez Zeledón son los números telefónicos son: 2771-7848, 2010-4695, 2010-4692, 2010-4693, 2010-4694.

Mientras que en Osa es 2788-8394, ext. 125 (Municipalidad).

El correo disponible es recepción-impugnaciones@csv.go.cr, cumpliendo como requisito fundamental, que el escrito incluya Firma Digital y que ésta le pertenezca a quien está impugnando. Cabe indicar, adicionalmente, que la Firma Digital no requiere autenticación de un abogado.

El interesado tiene 10 días hábiles para poder apelar una multa, a partir del día hábil siguiente a la fecha que la recibió (no se cuentan días feriados, sábados o domingos o los días que las oficinas estén cerradas, como en Semana Santa o fin de año).

El funcionario quiso recalcar, una vez más, que la impugnación debe realizarse cuando de verdad se percibe que se cometió un error por parte del oficial de Tránsito y se tienen pruebas de peso para ello, pues es habitual que se impugne solo como una posibilidad de que se les dé la razón, pese a que saben que cometieron la falta, con el fin de atrasar el cobro, lograr la devolución de las placas o del vehículo detenido y la responsabilidad final por el hecho.

Rivas también recordó que las multas de Tránsito prescriben para su cobro a los 7 años, así que cualquier persona que quiera renovar la licencia, que se da por un máximo de 6 años, tendrá que pagar la multa para poder sacar la licencia nueva.