Pérez Zeledón. Organizaciones comunales que requieran atender proyectos cuyo material principal sea cemento, podrán gestionar una solicitud de este material desde el miércoles 4 hasta el viernes 6 de marzo, ambos días inclusive, en las oficinas centrales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) ubicadas al costado norte del Liceo de Costa Rica.
El material puede ser utilizado en construcción de planché de concreto, acabados en obras existentes, rampas, aceras internas, aceras externas siempre y cuando se encuentren frente a propiedades públicas, como, parques, salones comunales, escuelas, colegios, iglesias entre otros de la misma categoría.
El Departamento de Ayuda Comunal de la Dirección de Edificaciones Nacionales del MOPT, recibirá de las solicitudes únicamente las fechas indicadas en horario de 7:00am a 3:00pm y sus respectivos documentos (ver requisitos).
Luego se iniciará un proceso de selección, ya que la atención de solicitudes se encuentra sujeta a la disponibilidad presupuestaria, por tanto la recepción de los documentos no genera compromiso a este Departamento para efectuar alguna entrega.
Una vez concluido el análisis de las solicitudes ingresadas para determinar si las mismas cumplen con los requisitos solicitados por el MOPT, tanto legal, técnica como presupuestariamente, el Departamento de Ayudas Comunales del MOPT valorará y comunicará oportunamente a cada una de las organizaciones beneficiadas.
Es muy importante aclarar que desde el Ministerio no se realiza ningún cobro de dinero por el trámite de documentos o entrega de materiales, por lo que se solicita a las organizaciones interesadas no realizar ningún tipo de depósito o entrega de dinero, así quien lo solicite se identifique como personal del MOPT, esto porque en años anteriores se han dado estafas con este servicio.
Para obtener información adicional, los representantes de las organizaciones comunales, juntas de educación o municipios pueden consultar a nuestra página web www.mopt.go.cr o llamar a los teléfonos 2523-2601/ 2523-2602 / 2523-2660.
APOYO A COMUNIDADES
La Dirección de Edificaciones Nacionales, del MOPT por medio del Departamento de Ayuda Comunal, brinda colaboración a las diferentes comunidades, con el aporte de material para la construcción de Infraestructura Pública, amparado al Decreto Ejecutivo N° 32094-MOPT “Reglamento de Entrega de Materiales de Construcción y Suministros de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”. En su artículo 5°, el citado reglamento establece que únicamente calificarán como debidamente legitimadas a los efectos de resultar favorecidas con la entrega de materiales y suministros de servicios por parte de este Ministerio, las siguientes organizaciones y personas jurídicas:
- Las Municipalidades.
- Las Juntas de Protección Social.
- Las Juntas de Educación.
- Las Juntas Administrativas de Colegios dedicados a la enseñanza.
- Las instituciones públicas de Desarrollo Comunal.
- Aquellas otras previstas por el artículo 9” de la Ley 4786, Reforma a la Ley de Creación del Ministerio de Transportes, del 5 de Junio de 1971 y sus reformas.
- Las previstas por el artículo 19 de la Ley número 3589 sobre Desarrollo de la Comunidad.
- Las Asociaciones declaradas de utilidad pública, especialmente las dedicadas al embellecimiento de la Red Vial Nacional, sus derechos de vía y resguardo de la Seguridad Vial y aquellas expresamente previstas por el restante Ordenamiento Jurídico.
REQUISITOS PARA CALIFICAR
Para lograr calificar como beneficiado el MOPT solicita el cumplimiento de requisitos tales como:
- Presentar formulario de “solicitud de materiales” completo, firmado por el responsable de la obra (Profesional o Maestro de obras) y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental. Este formulario incluye la Declaración Jurada del Representante Legal, manifestando que conoce, entiende y acepta los alcances de la responsabilidad que conlleva resultar favorecido con la entrega de materiales y servicios, para llevar a cabo las obras comunales o viales que regula el Reglamento al Decreto N° 32094-MOPT.
- Carta formal solicitando ayuda, debidamente firmada por el Representante Legal y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental.
- Fotocopia de la cédula de identidad del Representante Legal.
- Certificación de personería jurídica vigente de la Organización Social o Institución Gubernamental (no puede tener más de tres meses de extendida).
- Certificación emitida por el Registro Público sobre la propiedad del inmueble en el que se ejecutarán las obras, así como el plano catastrado correspondiente.
- Planos Constructivos, cuando se trate de obras nuevas, remodelaciones, ampliaciones o finalizaciones que impliquen un cambio estructural, contar con un profesional responsable adscrito al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos; (C.F.I.A.), se debe considerar que la obra puede dar inicio una vez que la organización cumpla con la aprobación del procedimiento ante el Administrador de Proyectos de Construcción (APC) del C.F.I.A y permisos constructivos.
- Aportar copia de la cédula y carné del Profesional Responsable de La Obra, (Para obra nueva o remodelaciones que requieran cambios estructurales).
- Y copia de la cédula del maestro de obra (para obra menor).





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