Organizaciones comunales tienen hasta el siete de diciembre para informar sobre superávist

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Pérez Zeledón. Las asociaciones de desarrollo de la comunidad como integrales y específicas y sus organismos de integración de grado superior como son las uniones y las federaciones, tienen la obligación de informar sobre la ejecución de los superávits que presenten al 31 de diciembre de cada año

Esto, según instrucciones de la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda y la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, en acatamiento de lo que señala la Ley 9371 sobre Eficiencia en la Administración de los Recursos Públicos.

En junio del año en curso se requirió a todas las organizaciones inscritas ante Dinadeco que informaran sobre el superávit que presentaban al 31 de diciembre de 2015 y también se solicitó a las organizaciones que presentaran las declaraciones sobre el superávit libre correspondiente al ejercicio económico de los años 2016 y 2017.

El plazo máximo para remitir dicha información vence el viernes 7 de diciembre próximo y, para facilitar la labor, las organizaciones podrán descargar los formularios del sitio web www.dinadeco.go.cr.

La información deberá remitirse con la firma del representante legal al correo electrónico asuperavittn@hacienda.go.cr.

Cabe indicar que para el giro de transferencias de recursos públicos, se tiene que haber entregado toda esa información, de lo contrario, el Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, no podrán girar recursos públicos a favor de organizaciones beneficiarias, como es el dos por ciento que reciben cada año.