Pérez Zeledón. El principal problema al que se expone los dueños de vehículos, que no han cancelado el derecho de circulación, es que si un oficial de tránsito, le solicita el marchamo y no lo tiene, le puede quitar las placas.
Además, debe tener en cuenta que se expone al pago de multas, según la Ley de Tránsito en sus Art. 146.
Pero ¿Qué pasa si no se paga el Derecho de Circulación?
Se acumulan recargos por el atraso, de acuerdo con el siguiente detalle:
¿Cuáles recargos?
En el caso del seguro obligatorio para los vehículos automotores, se sumará a la tasa básica pasiva anual más cinco puntos porcentuales, calculada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), vigente al momento del cobro, aplicado en forma proporcional a los días de retraso.
Además, en el tema de infracciones se acumula el 36% anual.
Por intereses, deberá pagar 12,56 % más al año o 0.03441 diario.
En el caso de las multas, se cancelará 10% por mes.
Y si tiene pendiente, el pago de parquímetros de 2% por mes.